¿A quién reclamo si se inunda mi casa?

Carlos Calderón · 14 Sep 2022

En cuanto a quién reclamar si se inunda nuestra casa, tendremos que tener en cuenta la procedencia del agua. Si el agua entra desde la calle a nuestra casa, garaje, local, oficina… deberemos reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros. Pero si el agua entra a nuestra vivienda por nuestro tejado, nuestra azotea, alguna terraza… la reclamación por la inundación deberemos hacérsela a nuestra compañía de seguros. En este caso, la compañía de seguros con la que tengamos contratado el seguro de hogar evaluará las circunstancias que han provocado dicha inundación, y si es debida a un despiste nuestro – como dejar ventanas abiertas o no haber hecho un mantenimiento mínimo de la vivienda – no nos cubrirá los desperfectos.

Si la reclamación por la inundación de nuestra casa debemos hacerla ante el Consorcio de Compensación de Seguros, tendremos que pedir a nuestra compañía aseguradora un documento para dar parte del siniestro al Consorcio, además de un duplicado de nuestra póliza de seguro de hogar y un duplicado del comprobante de pago vigente del mismo. Tendremos que hacer la reclamación del siniestro por la inundación de nuestra casa antes de que transcurran 7 días.

Es importante que, sin importar a quién reclamemos, hagamos un inventario de todos los desperfectos, incluyendo fotografías, y que procuremos conservar todo aquello que podamos hasta que llegue el perito – obviamente, elementos perecederos como la comida no podremos conservarlos, pero sí un ordenador o un sofá dañados -. Si no hacemos esto, probablemente perderemos parte de la indemnización al no poder demostrar qué bienes hemos perdido a causa de la inundación de nuestra casa.

Es importante que hagamos un inventario de todos los desperfectos, incluyendo fotografías, y que procuremos conservar todo aquello que podamos hasta que llegue el perito.

Una vez realizada la reclamación por inundación de la vivienda y conforme al artículo 18 de la Ley de Contrato de Seguro de 1980, “el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas”. Por lo que, como ves, aunque es imprescindible que conozcas tus obligaciones, también es fundamental que seas consciente de tus derechos.

Nuestros expertos en seguros de hogar podrán explicarte cuáles son todos tus derechos y obligaciones como titular de una póliza de seguro de hogar, así como revisar tu actual póliza de seguro de hogar y analizar si las coberturas que comprende son o no las que más te convienen. Consulta sin compromiso a nuestros expertos en seguro de hogar y obtén el seguro de hogar que realmente se adapta a tus circunstancias concretas y que evitará que circunstancias como que se inunde tu casa sean aún más problemáticas de lo que en principio ya son.

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