Tipos de quad y sus características

Carlos Calderón · 14 Sep 2022

Los quads son conocidos también como cuatrimotos. Es un vehículo parecido a una moto, aunque, como su nombre lo indica, posee cuatro ruedas. Los quads se utilizan con fines deportivos, recreativos e incluso con fines agrícolas y ganaderos.

Son llamados vehículos todoterreno o ATV, aunque, el término quad se utiliza principalmente para los vehículos destinados al deporte, mientras ATV se usa para referirse a los vehículos con fines recreativos y agrícolas o ganaderos.

Clasificación de los QUAD

Los cuadriciclos o QUAD pueden ser ligeros o no ligeros.

Cuadriciclos ligeros

Este tipo de quad es un vehículo de cuatro ruedas que, sin tener en cuenta el peso de la batería (si se trata de un cuadriciclo eléctrico), su masa está por debajo de los 350 kg.

Si efectivamente se trata de un cuadriciclo ligero, por su construcción, no debe superar los 45 km/h.

Si el quad cuenta con motor de explosión, su cilindrada no superará los 50 cc y si se trata de un cuadriciclo con otro tipo de motor, su potencia máxima neta no sobrepasará los 4 KW.

Si efectivamente se trata de un cuadriciclo ligero, por su construcción, no debe superar los 45 km/h

Cuadriciclos no ligeros

Los cuadriciclos no ligeros cuentan con cuatro ruedas y una masa en vacío por debajo de los 400 kg (sin incluir la batería en caso de ser eléctrico). Si su fin es el transporte de mercancías, la masa máxima será de 550 kg.

En cualquier caso, el motor de este tipo de quad siempre contará con una potencia máxima neta no por encima de 15 KW.

Vehículos especiales

Estos vehículos especiales cuentan con dos o más ejes y su fabricación responde a un fin determinado, es decir, están concebidos para realizar una actividad o servicio concretos. La normativa que los regula es la general de circulación, pero hay que tener en cuenta que existen ciertas limitaciones en cuanto a su velocidad máxima en función del tipo de vehículo especial del que se trate:

  • Si el vehículo especial no dispone de señalización de frenado, no podrá superar los 25 km/h
  • El resto de vehículos especiales, podrán circular a un máximo de 40 km/h
  • Una velocidad máxima de 70 km/h estará permitida cuando, por su fabricación, sean capaces de alcanzar una velocidad por encima de los 60 km/h en terreno llano.

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